Derecho a la diversidad

Responsabilidad de Tomar Conciencia del valor de la Diversidad Humana (Arts. 8 y 21)

Las PCD asumimos la responsabilidad de sensibilizar a la sociedad, empezando por nuestras propias familias, para qué tome conciencia del significado de la discapacidad en el mundo, nuestras capacidades y aportaciones; y, se fomente un mayor respeto hacia nuestra dignidad y derechos. Asumimos el compromiso de luchar contra los estereotipos, prejuicios y prácticas nocivas respecto de nosotras mismas, como personas con discapacidad -incluyendo nuestro género o edad-, en todos los ámbitos de la vida (Art. 8 Toma de conciencia).

Pondremos en marcha campañas efectivas de sensibilización pública para fomentar actitudes receptivas, percepciones positivas y mayor conciencia social respecto de las personas con discapacidad; sus capacidades, méritos y habilidades, así como sus aportaciones en el trabajo y en la vida laboral. Fomentaremos en todos los niveles del sistema educativo y desde la niñez temprana, una actitud de valoración y respeto hacia las PCD; alentando a los medios de comunicación a que difundan imágenes dignas de la discapacidad y de la propia Convención que realmente enriquezcan la conciencia social (Art. 8 Toma de conciencia).

Las PCD asumimos la responsabilidad de expresarnos, emitir nuestra opinión, recabar e intercambiar conocimientos e ideas; así como mantenernos comunicadas, para facilitarnos -de manera oportuna y accesible- información de interés para nuestras vidas. Alentaremos a las entidades públicas y privadas y a los medios de comunicación, a que proporcionen información y servicios en forma accesible a las necesidades específicas de las diferentes personas con discapacidad (Art. 21  Libertad de expresión y opinión)

Responsabilidad de Disfrutar y Compartir nuestra diversidad para lograr una Vida Plena (Arts. 6, 7 y 26).

Las PCD reconocemos que las mujeres, las niñas y los niños con discapacidad están sujetos a otras formas de discriminación y adoptaremos medidas para asegurar que gocen plenamente de su derecho a ser diferentes con todos los derechos y libertades fundamentales que eso implica (Art. 6 Mujeres con Discapacidad y Art. 7). En salvaguarda del interés superior de la niñez garantizaremos que las y los niños con discapacidad puedan expresar su opinión libremente sobre todas las cuestiones que les afectan, ser escuchados y recibir la asistencia adecuada para poder ejercer ese derecho (Art.7 Niños y niñas con discapacidad)

Las PCD  asumimos la responsabilidad de lograr y mantener nuestra máxima independencia, capacidad física, mental, social y vocacional, así como la inclusión y participación plenas en todos los aspectos de nuestra vida. Para lo cual, buscaremos ampliar nuestros servicios y programas de habilitación y rehabilitación, con un enfoque integral, de forma que puedan brindarse con toda oportunidad y tomando en cuenta las necesidades y capacidades específicas de cada PCD; fomenten su participación e inclusión integral en la comunidad y le permitan desarrollar todas sus potencialidades. Las PCD promoveremos el desarrollo y formación continua de los profesionales y el personal que trabaja en los servicios de habilitación y rehabilitación; así como la disponibilidad, conocimiento y uso adecuado de tecnologías de apoyo y otros dispositivos destinados a las PCD (Art. 26  Habilitación y rehabilitación).